¿Están seguros mis ahorros en el banco? El Fondo de Garantía de Depósitos explicado

Una de las preguntas que más nos hacen es: «si mi banco quiebra, ¿pierdo mis ahorros?». La respuesta corta es que tus depósitos están protegidos hasta un límite. Aquí te explicamos cómo funciona esa protección y qué debes comprobar, sobre todo si usas bancos de otros países.

Última revisión: 31 de octubre de 2026. Contenido informativo. Para datos oficiales, consulta la web del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito y la del Banco de España.

Ilustración: Fondo de Garantía de Depósitos: ¿están seguros tus ahorros?

¿Qué es el Fondo de Garantía de Depósitos y cuánto cubre?

El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) devuelve a los depositantes su dinero, hasta un límite, si una entidad de crédito no puede hacerlo. En España el límite es de 100.000 euros por titular y por entidad, y se aplica a la suma de todo lo que tengas en esa entidad, no por cuenta, según explica el Portal del Cliente Bancario del Banco de España. No es una promesa del banco: es una obligación legal, regulada por el Real Decreto-ley 16/2011 y enmarcada en la Directiva europea 2014/49/UE, y las entidades adheridas aportan al fondo de forma periódica.

Las entidades de crédito españolas están adheridas al Fondo de Garantía de Depósitos español. Si abres una cuenta o un depósito en un banco español, la cobertura es automática: no tienes que pedirla ni pagarla.

Qué productos protege y cuáles no

El Banco de España detalla qué cubre el fondo en su página ¿Cuánto cubre el FGD?. En resumen:

Producto¿Lo cubre el Fondo de Garantía de Depósitos?
Cuentas corrientes, cuentas de ahorro y libretasSí, hasta 100.000 € por titular y entidad.
Depósitos a plazoSí, dentro del mismo límite: se suman a las cuentas de la misma entidad.
Depósitos en una divisa distinta del euroSí, por su equivalente en euros.
Valores confiados a la entidad (acciones, fondos en custodia)Se cubre por separado, hasta 100.000 €, que la entidad no pueda devolverlos; no se cubren las pérdidas de valor.
Pérdidas de mercado de fondos de inversión y accionesNo.
Planes de pensionesNo: el propio fondo indica que no están cubiertos.
Bonos o deuda emitidos por el propio bancoNo: pueden asumir pérdidas si el banco se resuelve.
Efectivo en casa o en una caja de seguridadNo: no es un depósito.

Si el banco no puede devolver los depósitos y actúa el Fondo de Garantía de Depósitos, los impresos de información que entregan las entidades (por ejemplo, el de una entidad concreta) indican un plazo de reembolso de 7 días hábiles para los depósitos en dinero, sin que tengas que iniciar ningún proceso judicial; para los valores el plazo puede llegar a tres meses. Consulta en la web del fondo el procedimiento vigente.

Hay dos caminos. Si el banco se liquida, entra en juego el Fondo de Garantía de Depósitos y paga a los depositantes hasta el límite. Si las autoridades lo resuelven (lo reestructuran o lo venden para que siga funcionando), las pérdidas las asumen primero los accionistas y los titulares de ciertos bonos y deuda de la entidad; los depósitos garantizados, es decir, los de hasta 100.000 euros por titular, quedan fuera de ese reparto de pérdidas.

El caso real es Banco Popular. El 6 de junio de 2017 el BCE lo declaró inviable y el 7 de junio la Junta Única de Resolución acordó venderlo a Banco Santander por un euro; el FROB ejecutó la decisión y, según su nota de prensa, se garantizó la seguridad de los depositantes y no hubo impacto para las finanzas públicas (ficha de la Junta Única de Resolución). Los accionistas y los titulares de bonos convertibles y subordinados, algunos de ellos clientes minoristas, perdieron toda su inversión. La lección práctica: lo que perdió dinero no fueron los depósitos, sino productos que parecían ahorro y no lo eran.

Qué cuenta para el límite: capital, intereses y titulares

El límite del Fondo de Garantía de Depósitos (100.000 euros) no se aplica solo al capital que ingresaste. Se suma todo lo que tengas en esa entidad (cuentas corrientes, cuentas de ahorro y depósitos a plazo) más los intereses ya devengados. Ejemplo: tienes 99.000 euros en un depósito al 3 % de TAE. En seis meses genera unos 1.485 euros de intereses: el total sería de 100.485 euros, y 485 quedarían por encima del límite sin que hayas ingresado nada más. Si te quedas cerca de los 100.000 euros, conviene dejar un margen o repartir parte del dinero en otra entidad.

En una cuenta con varios titulares, el límite se aplica por titular, y el saldo se reparte según lo que diga el contrato o, si no dice nada, por partes iguales. Con 150.000 euros en una cuenta conjunta de dos titulares, a cada uno le corresponden 75.000: todo está cubierto. Pero si uno de ellos tiene además 50.000 euros a su nombre en el mismo banco, sus saldos se suman (75.000 + 50.000 = 125.000) y 25.000 euros quedarían fuera. Cómo se reparte la protección entre titulares lo explicamos en la guía de la cuenta conjunta.

Casos prácticos de reparto

Situación¿Queda cubierto?
80.000 € en un solo bancoSí, todo, porque no supera los 100.000 €.
120.000 € en un solo banco, a tu nombreSolo 100.000 €. Los otros 20.000 € quedan fuera de la garantía.
120.000 € repartidos en dos bancos distintos (60.000 € en cada uno)Sí, todo, porque cada importe queda por debajo del límite.
150.000 € en una cuenta conjunta de dos titulares, sin otros depósitos en ese bancoSí, todo: a cada titular le corresponden 75.000 €.
100.000 € en una cuenta y 30.000 € en un depósito, del mismo titular en el mismo bancoSolo 100.000 € en total. Los saldos se suman por titular y entidad, no por producto.
100.000 € en una marca y 50.000 € en otra marca de la misma entidadSolo 100.000 € en total: la garantía es por entidad, no por marca.
99.000 € en un depósito al 3 % de TAE durante seis mesesUnos 100.000 €: los 485 € de intereses que superan el límite quedarían fuera.

Si tienes más de 100.000 €: repártelo

Para no superar el límite del Fondo de Garantía de Depósitos, la estrategia habitual es distribuir el dinero entre varias entidades. Con 250.000 € repartidos en tres bancos (100.000 €, 100.000 € y 50.000 €), cada importe queda dentro del límite. Ojo: la garantía es por entidad (licencia bancaria), no por marca: dos marcas de una misma entidad comparten un único límite. Dos entidades distintas de un mismo grupo son, en principio, entidades distintas a efectos de la garantía (lectura nuestra): comprueba en el impreso de información qué entidad es la titular de cada depósito.

¿Y los bancos de otros países?

Toda la Unión Europea tiene un sistema de garantía de depósitos con el mismo nivel mínimo, 100.000 € por depositante y entidad. Lo que cambia es qué fondo paga: según el Banco de España,

  • las sucursales en España de bancos de otro país de la UE están cubiertas por el fondo de su país de origen, no por el español (Banco de España);
  • las sucursales de bancos de fuera de la UE deben adherirse al fondo español si en su país no existe un sistema de cobertura o es inferior (Banco de España);
  • las filiales con licencia bancaria española, que son entidades independientes de su matriz, suelen estar en el fondo español: confírmalo en el impreso de información.

Por eso, antes de contratar con una entidad extranjera o a través de una plataforma que intermedia depósitos de bancos de otros países, mira en el impreso de información al depositante o en la web del banco qué entidad es la titular del depósito, en qué país está autorizada y a qué sistema de garantía está adherida. No damos por hecho el fondo de cada entidad en esta guía: lo correcto es leer el impreso de cada producto.

Saldos temporalmente altos: cuándo se protege más de 100.000 €

En España, el Fondo de Garantía de Depósitos garantiza con independencia de su importe, durante tres meses desde que se abonan, los depósitos que proceden de la venta de un inmueble residencial privado, de pagos puntuales ligados al matrimonio, el divorcio, la jubilación, el despido, la invalidez o el fallecimiento, y de prestaciones de seguros o indemnizaciones por delito o error judicial (Real Decreto-ley 16/2011 y los impresos de información de las entidades).

Si has vendido tu vivienda y vas a tener el dinero parado, tienes ese margen para repartirlo o destinarlo a su fin; guarda los justificantes y consulta antes en el fondo o en tu entidad qué condiciones se aplican a tu caso, sin dar por hecho que estás cubierto.

Mitos frecuentes sobre la seguridad de los ahorros

«Mi banco es muy grande, no puede fallar». El tamaño no sustituye a la garantía. Lo importante es conocer el límite y no depender de la fama de una marca.

«Mi dinero está protegido en cualquier producto del banco». No. Solo lo están los depósitos. Si el banco te vendió un fondo de inversión, acciones o un producto complejo, tiene otro régimen y puedes perder parte del dinero, como les pasó a los titulares de bonos subordinados de Banco Popular.

«La garantía me cubre cualquier problema con mi dinero». Tampoco. El Fondo de Garantía de Depósitos cubre la insolvencia de la entidad, no un fraude sufrido en tu cuenta, un error tuyo ni la pérdida de poder adquisitivo por inflación. Para esos riesgos conviene proteger tus claves, desconfiar de mensajes sospechosos y revisar los movimientos con frecuencia. Qué hacer si te roban dinero de la cuenta, y cuándo debe devolvértelo el banco, lo contamos en la guía sobre estafas bancarias.

«Un banco extranjero no tiene garantía». Dentro de la Unión Europea todos los países tienen el mismo nivel mínimo de protección. Lo que cambia es qué fondo paga y los trámites para reclamar.

Lista de comprobación para proteger tus ahorros

  • Suma todo lo que tienes en cada entidad, incluidos los intereses, y compruébalo con el límite de 100.000 €.
  • Pide el impreso de información para el depositante y comprueba el nombre del banco y del fondo de garantía que lo protege.
  • Comprueba si tus bancos son entidades distintas o marcas de una misma entidad.
  • Reparte el dinero que supere el límite entre entidades distintas.
  • Separa lo que es un depósito de lo que no: fondos, acciones y otros productos no tienen esta garantía.
  • Si usas cuentas conjuntas, calcula el reparto por titular.
  • Si vas a recibir una cantidad grande (venta de vivienda, indemnización), apunta la fecha de ingreso: la protección extra dura tres meses.
  • Protege tus accesos: activa la verificación en dos pasos en la app del banco.

Si quieres seguir leyendo, en nuestra comparativa de cuentas de ahorro indicamos qué garantía aplica a cada entidad cuando hemos podido confirmarlo, y en cómo elegir y abrir una cuenta de ahorro explicamos qué comprobar antes de contratar.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que solicitar la cobertura del Fondo de Garantía de Depósitos?

No. Es automática para los depósitos de entidades adheridas.

¿Cuánto tardan en devolverme el dinero si mi banco quiebra?

Los impresos de información de las entidades indican 7 días hábiles para los depósitos en dinero; para los valores puede llegar a tres meses.

¿Cuentan los intereses para el límite de 100.000 euros?

Sí: se suman al capital que tengas en la entidad, incluidos los intereses ya devengados.

¿Está cubierto el saldo de Bizum o de una app de pago?

El saldo de tu cuenta bancaria, también el que ves en la app, está cubierto. Los monederos de entidades de pago o dinero electrónico que no son bancos pueden tener un régimen de protección distinto: comprueba qué entidad regula tu saldo.

¿Cómo sé si mi banco está cubierto por el Fondo de Garantía de Depósitos?

Mira el impreso de información del depositante que debe darte la entidad antes de contratar, la web del banco y los registros del Banco de España.

Conclusión

Los depósitos bancarios en entidades autorizadas están protegidos hasta 100.000 € por titular y entidad. No concentres más que eso en un solo banco y verifica siempre qué fondo protege cada entidad. Para elegir dónde ahorrar, consulta las mejores cuentas de ahorro de octubre de 2026 y los mejores depósitos.

Herramienta relacionada: la calculadora del Fondo de Garantía de Depósitos te sirve para comprobar cuánto de tu dinero está cubierto por entidad y titular.

Lectura relacionada: si dudas entre banco y caja, te explicamos qué es una caja de ahorros hoy y en qué se diferencia de un banco.

Última revisión: 31 de octubre de 2026 por Adrià.

Escrito por Adrià. Soy el creador de mejorcuentadeahorro.es. No soy asesor financiero: investigo, comparo y explico cuentas de ahorro y depósitos con datos de fuentes oficiales, como el Banco de España, el INE o el Fondo de Garantía de Depósitos. Cada guía muestra su fecha de última revisión.

Conoce más sobre mí y cómo trabajamos.

Fuentes: Banco de España, Portal del Cliente Bancario: ¿Está seguro nuestro dinero?; Banco de España: ¿Cuánto cubre el FGD?; Banco de España: entidades extranjeras en España y la garantía de depósitos; Banco de España: sucursales de entidades extranjeras; BOE: Real Decreto-ley 16/2011; Directiva 2014/49/UE; FROB: nota de prensa sobre la resolución de Banco Popular (7/06/2017); Junta Única de Resolución: Banco Popular; Ejemplo de impreso de información a los depositantes; Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.

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