Si tienes una cuenta de ahorro o un depósito y empiezas a cobrar intereses, te surgirán tres preguntas: ¿tengo que declararlo en la renta?, ¿cuánto me cobra Hacienda? y ¿lo descuenta ya el banco? En esta guía te explicamos cómo tributan los intereses de tus ahorros paso a paso y sin tecnicismos.
Última revisión: 31 de octubre de 2026. Contenido informativo, no es asesoramiento fiscal. Los tipos y plazos pueden cambiar: contrasta siempre con la Agencia Tributaria o con un asesor.

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Cómo tributan los intereses: la respuesta rápida
Los intereses de cuentas de ahorro, cuentas remuneradas y depósitos son rendimientos del capital mobiliario por la cesión a terceros de capitales propios (artículo 25.2 de la Ley 35/2006 del IRPF) y tributan en el IRPF. Si el banco tiene sede en España, retiene el 19 % antes de abonarte los intereses (artículo 90 del Reglamento del IRPF), así que recibes el importe neto sin hacer nada en ese momento.
Para saber cómo tributan los intereses de verdad hay que mirar más allá de la retención: no siempre es el impuesto definitivo, es un pago a cuenta. Según tus ingresos, puede coincidir con lo que debes, quedarse corta o, si tienes pocos ingresos, resultar excesiva. Esta guía te explica los tres casos con ejemplos resueltos.
Dónde van los intereses en la declaración: la base del ahorro
Para entender cómo tributan los intereses, lo primero es saber que en la declaración de la renta van a la base imponible del ahorro (la renta del ahorro del artículo 46 de la Ley), que tiene tipos más bajos que la base general, donde van la nómina o la pensión. Los intereses se suman con el resto de rendimientos del ahorro (dividendos, ganancias de fondos o acciones…) antes de aplicar la escala, según las reglas de integración y compensación del artículo 49.
Esto marca una diferencia importante con los planes de pensiones: lo que cobras de un plan no va a la base del ahorro, sino a la general, como un sueldo. Lo explicamos en la guía plan de pensiones o cuenta de ahorro.
La escala de la base del ahorro es esta (artículo 66 de la Ley; el País Vasco y Navarra tienen su propio régimen foral, artículo 4.2):
| Rendimientos del ahorro | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19 % |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21 % |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23 % |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27 % |
| Más de 300.000 € | 30 % |
Para la mayoría de ahorradores, los intereses anuales quedan por debajo de 6.000 € y tributan al 19 %. Cada tipo se aplica solo a la parte que cae dentro de su tramo.
La retención del 19 %: un pago a cuenta
Para ver cómo tributan los intereses en la práctica, empecemos por la retención: el banco ingresa ese 19 % en Hacienda en tu nombre en el momento de abonarte los intereses. Ejemplo con 10.000 € al 3 % TAE: 300 € brutos, 57 € de retención y 243 € netos. Si tus rendimientos del ahorro no superan 6.000 € al año, esa retención coincide con lo que debes pagar y en la declaración simplemente lo confirmas. Con distintos importes al 3 % TAE:
| Ahorro | Intereses brutos | Retención 19 % | Neto |
|---|---|---|---|
| 5.000 € | 150 € | 28,50 € | 121,50 € |
| 10.000 € | 300 € | 57 € | 243 € |
| 50.000 € | 1.500 € | 285 € | 1.215 € |
| 100.000 € | 3.000 € | 570 € | 2.430 € |
¿En qué año tributan? Los rendimientos del capital se imputan al periodo en el que son exigibles por quien los cobra (artículo 14.1.a de la Ley). En la práctica, si abres un depósito a 12 meses el 1 de diciembre de 2026 y paga todos los intereses al vencimiento, lo normal es que tributen en 2027, no en 2026. Si te los abonan cada mes, tributas cada año lo cobrado en ese año.
¿Qué tengo que hacer en la declaración?
Una vez sabes cómo tributan los intereses, declararlos es sencillo:
- Guarda el certificado. A principios de año tu banco te informa de los intereses y la retención. Suele estar en la banca online.
- Revisa el borrador. Si el banco informa a Hacienda, los datos aparecen precargados en Renta Web.
- Confirma. Comprueba que coinciden con tu certificado.
En la última campaña (Renta 2025), la declaración se presentó por internet del 8 de abril al 30 de junio de 2026. Las fechas de cada campaña las fija la Agencia Tributaria: confírmalas cuando se publiquen.
Cómo tributan los intereses si superas los 6.000 €: ejemplos resueltos
Cómo tributan los intereses cambia al superar el primer tramo: si tus rendimientos del ahorro superan 6.000 €, el exceso tributa a tipos superiores al 19 % y tendrás que pagar la diferencia. Imagina que cobras 8.000 € de intereses en un año y que no tienes otros rendimientos del ahorro. Tu banco te habrá retenido el 19 % de esos 8.000 €, es decir, 1.520 €. Pero el impuesto real se calcula por tramos: los primeros 6.000 € tributan al 19 % (1.140 €) y los 2.000 € restantes al 21 % (420 €), un total de 1.560 €. Al hacer la declaración tendrías que pagar la diferencia: 40 €.
Superar los 6.000 € no multiplica la factura: solo sube de tipo la parte que excede de ese límite.
Con intereses mucho mayores, por ejemplo 55.000 €, el cálculo es: 6.000 × 19 % = 1.140 €, más 44.000 × 21 % = 9.240 €, más 5.000 × 23 % = 1.150 €. Total: 11.530 €. El banco habrá retenido 10.450 € (el 19 % de 55.000), así que habría que pagar 1.080 € más. Así queda el tipo medio según los intereses del año, sin otros rendimientos del ahorro:
| Intereses del año | Cuota total | Retenido | A pagar de más | Tipo medio |
|---|---|---|---|---|
| 3.000 € | 570 € | 570 € | 0 € | 19,00 % |
| 6.000 € | 1.140 € | 1.140 € | 0 € | 19,00 % |
| 8.000 € | 1.560 € | 1.520 € | 40 € | 19,50 % |
| 20.000 € | 4.080 € | 3.800 € | 280 € | 20,40 % |
| 55.000 € | 11.530 € | 10.450 € | 1.080 € | 20,96 % |
Si además tienes ganancias de fondos, acciones u otros productos, todos esos rendimientos del ahorro se suman antes de aplicar los tramos. Para ver cuánto te queda de cada TAE ya descontados los impuestos, mira TAE y TIN y interés compuesto y cómo calcular intereses.
Ingresos bajos: cómo recuperar parte de la retención de los intereses
Hay un caso en el que cómo tributan los intereses juega a tu favor: la retención del 19 % resulta excesiva. El mínimo personal y familiar (5.550 € anuales con carácter general, artículo 57 de la Ley) es la parte de tu renta que no tributa. Si tu base general es menor que ese mínimo, el resto se aplica a la base del ahorro (artículo 56.2 de la Ley). Es decir, parte de tus intereses puede tributar a tipo cero.
Ejemplo: no tienes más ingresos que 1.200 € de intereses al año. El banco te retiene 228 € (el 19 %). Como 1.200 € es menos que el mínimo de 5.550 €, tu cuota sería cero y, si presentas la declaración, te devolverían los 228 €. No estás obligado a presentarla (ver el apartado siguiente), pero te conviene si quieres recuperar la retención. Con un 3 % de TAE, 5.550 € de intereses corresponden a unos 185.000 € ahorrados. Esto solo vale si el resto de tus rentas no agota ya el mínimo, y si tienes hijos o ascendientes a cargo cambian los importes; la Agencia Tributaria tiene un manual con las cuantías del mínimo personal y familiar.
¿Y si el banco es extranjero?
Cómo tributan los intereses de un banco extranjero es lo mismo que con uno español: lo que cambia es quién retiene. Si eres residente fiscal en España, debes declarar todos tus intereses, estén donde estén. La diferencia práctica es que los bancos extranjeros normalmente no practican la retención española: recibes el importe íntegro, pero tienes que declararlo tú y pagar el impuesto. Esos datos pueden no aparecer precargados en el borrador, así que guarda los extractos. Para saber si tu entidad retiene o no, consulta las condiciones de tu producto o pregunta al banco: no damos por hecho el caso de cada una.
Además, los países de la UE intercambian información financiera automáticamente con Hacienda, así que no declarar esos intereses es un riesgo innecesario. Si el conjunto de tus cuentas en el extranjero supera cierto importe (actualmente 50.000 €), puede que además tengas que presentar una declaración informativa específica (modelo 720). Te explicamos cuándo en la guía sobre cuentas en el extranjero y el modelo 720.
¿Estoy obligado a presentar la declaración solo por tener intereses?
Una cosa es cómo tributan los intereses y otra, si estás obligado a declararlos. No siempre lo estás: el artículo 96 de la Ley fija los límites. Según el Manual práctico de Renta 2025 de la Agencia Tributaria, no estás obligado a declarar si cumples estas dos condiciones a la vez:
- Tus rendimientos del trabajo no superan 22.000 € brutos con un solo pagador (15.876 € si hay dos o más pagadores y el segundo y siguientes suman más de 1.500 €).
- Tus rendimientos del capital mobiliario (como los intereses) y tus ganancias patrimoniales, sometidos a retención o ingreso a cuenta, no pasan de 1.600 € brutos al año en conjunto.
Un ejemplo: con un sueldo de 18.000 € de un solo pagador y 2.000 € de intereses con retención, tienes que declarar, aunque tu sueldo esté por debajo de 22.000 €, porque los intereses superan los 1.600 €. Con un 3 % de TAE, 1.600 € de intereses equivalen a unos 53.333 € de ahorro. Para los rendimientos del capital mobiliario no sometidos a retención de Letras del Tesoro, el límite conjunto es de 1.000 €. Hay además otros casos que obligan a declarar con independencia de estos límites, como los autónomos o quienes perciben el ingreso mínimo vital. Estos límites pueden cambiar de un año a otro: confirma los de cada campaña en la Agencia Tributaria.
Ojo con los intereses de un banco extranjero sin retención: el límite de 1.600 € se refiere a rentas sometidas a retención, así que, según nuestra lectura, esos intereses no entran en esa excepción. Ante la duda, lo más seguro es incluirlos.
Cuentas conjuntas y regalos por abrir una cuenta
En las cuentas con varios titulares, cómo tributan los intereses depende de quién es el titular de cada parte. Cuentas con varios titulares. Cuando una cuenta es de dos o más personas, los intereses se reparten entre los titulares y cada uno los declara en su renta. En general se asignan a partes iguales, salvo que se pueda acreditar otro reparto. Si te interesa el funcionamiento de este tipo de cuentas, mira nuestra guía de la cuenta de ahorro conjunta.
Bonificaciones y regalos. Algunas entidades ofrecen dinero, tarjetas regalo u otros obsequios por abrir una cuenta o domiciliar la nómina. Esas ventajas suelen considerarse también rendimientos del capital mobiliario y pueden tributar, igual que los intereses. Guarda siempre el justificante y pregunta a la entidad cómo lo informa a Hacienda.
Si el regalo viene por domiciliar la nómina, lo explicamos con las cuentas en cuenta nómina: qué te piden y cuánto te queda del regalo.
Errores frecuentes y calendario práctico
Estos son los errores más habituales sobre cómo tributan los intereses y el resto del ahorro:
- Pensar que la retención es el impuesto definitivo. Es un pago a cuenta. Si tus rendimientos pasan de 6.000 €, o si el banco no retiene, tendrás que ajustar en la declaración.
- Olvidar los intereses de cuentas en el extranjero. Hacienda recibe información de otros países. Declara siempre todo lo que cobres y revisa si debes presentar el modelo 720.
- No guardar los certificados. Si el borrador no incluye algún dato, necesitarás tus justificantes para corregirlo.
- No contar el impuesto al elegir un producto. Un depósito que paga intereses al final del plazo y uno que los paga cada mes tributan igual, pero conviene saber cuándo cobrarás para planificar tu liquidez.
- Aplicar un tipo único. El 19% solo es válido hasta 6.000 €; por encima, se sube de tramo.
Y este es el calendario de un ahorrador ordenado:
- Durante el año: guarda los extractos de tus cuentas y depósitos, sobre todo si hay bancos extranjeros.
- Enero y febrero: descarga el certificado de intereses y retenciones de cada entidad.
- Entre abril y junio (campaña de la renta): revisa el borrador, compara con tus certificados y presenta la declaración.
- Si tienes cuentas fuera de España por más de 50.000 €: comprueba si te toca el modelo 720, que suele presentarse en el primer trimestre del año.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar intereses muy pequeños?
Técnicamente sí. En la práctica, si presentas el borrador precargado ya estarán incluidos.
¿Hay alguna deducción por tener una cuenta de ahorro?
No existe una deducción específica por tener una cuenta de ahorro o un depósito.
¿Y si la cuenta está a nombre de un menor?
Los rendimientos de menores siguen reglas específicas. Si es tu caso, consulta con la Agencia Tributaria o un gestor.
¿Cuándo se presenta la declaración de los intereses de 2026?
La declaración del ejercicio 2026 se presenta en la campaña de la renta de 2027, que habitualmente va de abril a junio. Confirma las fechas exactas cuando se publiquen.
¿Puedo recuperar la retención si tengo pocos ingresos?
Sí, si tu base general es menor que el mínimo personal y familiar, parte de tus intereses puede tributar a tipo cero y tendrías que presentar la declaración para que te devuelvan la retención. Mira el ejemplo de esta guía.
¿Cómo tributan los intereses de un depósito que paga todo al vencimiento?
Tributan en el año en que los cobras, porque los rendimientos del capital se imputan cuando son exigibles. Si el depósito vence en 2027, los intereses irán a la declaración de 2027.
¿Cuántos intereses puedo cobrar sin tener que declarar?
Si solo tienes rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales con retención, hasta 1.600 € brutos al año en conjunto, siempre que tus rendimientos del trabajo estén por debajo de sus límites (22.000 € con un pagador).
Resumen
- Cómo tributan los intereses: hasta 6.000 € al año, al 19 %.
- Un banco español retiene el 19 % automáticamente: es un pago a cuenta, no siempre el impuesto definitivo.
- Si superas 6.000 €, pagas más solo por el exceso; si tienes pocos ingresos, puedes recuperar parte de la retención.
- Los bancos extranjeros normalmente no retienen: tienes que declarar tú.
- Guarda los certificados que te envíe cada banco.
Ahora que sabes cómo tributan los intereses, para comparar rentabilidades con los impuestos en mente, mira las mejores cuentas de ahorro, los mejores depósitos y qué es la TAE.
Guías relacionadas: Calculadora de intereses e interés compuesto y cómo calcular intereses.
Para ampliar: qué datos de tus cuentas recibe Hacienda y qué pasa con Bizum y el efectivo, en la guía qué sabe Hacienda de tus cuentas.
Última revisión: 31 de octubre de 2026 por Adrià.
Escrito por Adrià. Soy el creador de mejorcuentadeahorro.es. No soy asesor financiero: investigo, comparo y explico cuentas de ahorro y depósitos con datos de fuentes oficiales, como el Banco de España, el INE o el Fondo de Garantía de Depósitos. Cada guía muestra su fecha de última revisión.
Conoce más sobre mí y cómo trabajamos.
Fuentes: BOE: Ley 35/2006 del IRPF (artículos 4, 14, 25, 46, 49, 56, 57, 66 y 96); BOE: Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF (artículo 90); Agencia Tributaria, Manual práctico de Renta 2025: contribuyentes no obligados a declarar; Agencia Tributaria, Manual de Renta 2025: mínimo personal y familiar; cálculos propios. Este artículo no sustituye el asesoramiento de un profesional.